Repartidores de Uber, Didi y Rappi podrán ser afiliados al IMSS: STPS
Así lo confirmó la titular de la STPS, Luisa María Alcalde, quien indicó que durante octubre la dependencia enviará una iniciativa de reforma al Congreso de la Unión con el propósito de que plataformas digitales como Didi, Rappi y Uber, entre otras similares, reconozcan a sus socios como trabajadores.
De esa forma se buscan que los empleados sean dados de alta ante el IMSS de forma obligatoria.
Luisa María Alcalde señaló que la iniciativa de reforma de ley sobre los derechos laborales de los repartidores de aplicación se ha estado trabajando conjuntamente con diversas empresas y empleados de las plataformas, para que se trate de una propuesta consensuada.
Iniciativa de STPS para que repartidores de aplicación como Uber, Didi y Rappi sean afiliados al IMSS sería enviada en octubre de 2022
Luisa María Alcalde destacó que la intención es que la iniciativa para que los repartidores de aplicación sean afiliados al IMSS sea discutida y, en dado caso, aprobada durante periodo actual de sesiones legislativas.
La funcionaria apuntó que el objetivo es que en el próximo año 2023 pueda ser realidad la regularización y el reconocimiento de la relación laboral de cerca de medio millón de repartidores de plataforma que actualmente no cuentan con seguridad social.
Es importante mencionar que la iniciativa plantea crear un capítulo especial en la Ley Federal del Trabajo sobre las plataformas digitales con el fin de establecer el reconocimiento de las relaciones laborales de los repartidores con las empresas; es decir, que dejen de considerados solamente como “socios o prestadores de servicios”.
Recientemente, algunos colectivos elaboraron una propuesta en la materia a la STPS con la finalidad de que los repartidores sean incorporados a la Ley Federal del Trabajo.
Como principales ejes de la propuesta sobre los derechos de los repartidores, y conductores, de plataformas digitales como Uber, Didi y Rappi están:
- sean reconocidos como trabajadores subordinados y no como socios
- seguridad social con aportación tripartita
- conservar la flexibilidad con la que trabajan
- incluir tres categorías:
trabajadores eventuales
de medio salario
salario completo
- la remuneración no deberá ser menor al salario mínimo
- La remuneración se determinaría en relación con:
- días trabajados
- órdenes de trabajo
- boletos vendidos
- tiempo de conexión
- circuitos
- kilómetros recorridos
Información de SDP.