¡FALLO HISTÓRICO! LA SUPREMA CORTE DE MÉXICO AUTORIZA EL HIYAB EN FOTOS DE PASAPORTE 🧕📔✨

En una decisión sin precedentes, la Suprema Corte de Justicia (SCJN) estableció que las personas podrán portar indumentaria religiosa (como el hiyab) en la foto de su pasaporte, siempre que no cubra el rostro y permita la plena identificación. 🇲🇽⚖️

¿QUÉ PASÓ? 🧐
Dos mujeres en Chihuahua y CDMX fueron obligadas a quitarse su velo islámico para el trámite de pasaporte. La Corte consideró esto una violación a la libertad religiosa y falló a su favor. ✅

EL NUEVO CRITERIO 📜

  • La regla general de «cabeza descubierta» se mantiene.

  • Pero habrá excepción obligatoria para prendas religiosas que no impidan la identificación.

  • El hiyab, al dejar el rostro visible, no afecta la seguridad del documento.

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE? 🌍

  • Reafirma el Estado laico que protege la diversidad religiosa.

  • Armoniza seguridad documental con derechos fundamentales.

  • Establece un precedente jurídico para otros trámites oficiales.

LO QUE CAMBIA 🔄
Las oficinas de pasaportes deberán aceptar fotografías con prendas como:

  • Hiyab (velo islámico) 🧕

  • Turbantes religiosos 👳

  • Kipá (solideo judío) 🕍
    …siempre que el rostro sea totalmente visible. 👤

UNA DECISIÓN INCLUSIVA ❤️
El fallo, aprobado por 7 ministros, ordena expedir los pasaportes a las mujeres afectadas y sienta las bases para un México más respetuoso de sus diversidades. 🤝

Un paso histórico hacia el reconocimiento de que la identidad nacional se fortalece con el respeto a las creencias personales.

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