GUATEMALA APRUEBA JORNADAS FLEXIBLES PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR 📚
El Ministerio de Educación de Guatemala aprobó el Acuerdo Ministerial 4327-2026, que habilita jornadas laborales flexibles para docentes y personal técnico docente del Subsistema de Educación Extraescolar, con turnos diurnos, mixtos o nocturnos y actividades durante fines de semana.
DETALLES DEL ACUERDO
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Firmado el 9 de octubre por la ministra Anabella María Giracca Méndez.
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Entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América.
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Incluye a personal nombrado, contratado o asignado a los programas de educación extraescolar.
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Busca adaptar la atención educativa a personas que no accedieron a la escolaridad regular.
TURNOS Y MODALIDADES
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Las jornadas podrán distribuirse en días y horarios distintos de los tradicionales.
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Comprende turnos de día, noche o combinados, sin exceder la jornada máxima legal.
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Se aplicará en modalidades presenciales, semipresenciales, de alternancia y a distancia.
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Las Direcciones Departamentales autorizarán los horarios según factores sociales, laborales, culturales, geográficos y territoriales.
PROGRAMAS ALCANZADOS
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Programa de Educación para Adultos por Correspondencia (PEAC).
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Modalidades Flexibles para la Educación Media.
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Programa Nacional de Educación Alternativa (Pronea).
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Núcleos Familiares Educativos para el Desarrollo (Nufed).
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Centros Municipales de Formación y Capacitación Humana (Cemucaf).
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Programas que se creen en el futuro bajo las distintas modalidades.
LÍMITES Y CONTROLES
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Ninguna programación podrá obligar al personal a superar la jornada máxima legal.
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El artículo 9 prohíbe expresamente los excesos de horario.
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Trabajar sábados, domingos u otros días inhábiles dará derecho a descanso compensatorio.
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La Dirección General de Educación Extraescolar (Digeex) establecerá lineamientos de registro y control.
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El acuerdo no crea nuevas prestaciones ni modifica la relación laboral existente.
IMPLEMENTACIÓN
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Será gradual y progresiva, coordinada por la Digeex con Recursos Humanos y las Direcciones Departamentales.
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Las jornadas ya autorizadas conservarán su validez hasta ser revisadas.
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El régimen tendrá carácter transitorio hasta que entre en vigor el Reglamento de la Ley de Educación Nacional.
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Los casos no previstos serán resueltos por el Despacho Ministerial.
