SCJN avala acuerdo que impide reprobar automáticamente a alumnos de educación básica

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó el acuerdo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) que impide la reprobación automática de estudiantes de educación básica por no aprobar todas sus materias o no cumplir con un porcentaje mínimo de asistencia.

La resolución, aprobada por mayoría del pleno a propuesta de la ministra Lenia Batres Guadarrama, mantiene vigente el modelo de evaluación de la SEP dentro de la Nueva Escuela Mexicana y será aplicable tanto en escuelas públicas como privadas del país.

Durante la discusión, las y los ministros consideraron que el derecho a la educación debe prevalecer sobre esquemas estrictamente basados en calificaciones numéricas, al señalar que muchos estudiantes enfrentan contextos familiares, económicos y sociales que pueden afectar su desempeño escolar.

Con esta decisión, en preescolar y primer grado de primaria la promoción continuará siendo automática únicamente por haber cursado el grado escolar. Para alumnos de segundo a sexto de primaria, el año se acreditará con promedio mínimo de seis.

En secundaria, los estudiantes solo repetirán el ciclo escolar si reprueban cinco o más materias. En caso de adeudar menos asignaturas, podrán avanzar al siguiente grado mientras regularizan sus pendientes académicos.

Otro de los puntos avalados por la Corte fue la eliminación del requisito de asistencia mínima del 80 por ciento para aprobar el ciclo escolar, al considerar que la permanencia de niñas, niños y adolescentes no debe depender exclusivamente de métricas numéricas o listas de asistencia.

El modelo respaldado por la SCJN prioriza evaluaciones formativas y cualitativas sobre los sistemas tradicionales de calificación, una medida que ha provocado debate entre especialistas y docentes respecto al impacto que podría tener en el nivel académico de los estudiantes.

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